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Robótica: Primeras recomendaciones desde la Unión Europea

Robótica: Primeras recomendaciones desde la Unión Europea

Hace apenas unas décadas, asistíamos atónitos a películas donde la robótica, «interpretada» por robots como el popular R2D2 de Star Wars nos hacía soñar con un futuro donde las peores tareas estarían mecanizadas y asistidas. Todos tendríamos nuestro «mayordomo a pilas» que nos haría más grata la vida ahorrándonos buena parte de sus quehaceres.  Ese futuro ya es presente. Vehículos que se aparcan solos, acaso autopilotados, drones que acceden a sitios comprometidos sin arriesgar vidas humanas, misiones espaciales no tripuladas… y a nivel más doméstico robots de cocina, aspiradoras autónomas que se mueven solas por casa, domótica que abre o cierra persianas mientras estamos de viaje… Hasta nuestros niños juegan con peluches que se conectan a Internet y se anticipan a su día a día recordándoles la hora de dormir, felicitándoles cumpleaños…

Esta incursión de la llamada inteligencia artificial en nuestras vidas no escapa a la Unión Europea que, representada en su Parlamento ha elaborado un Proyecto de Informe donde incluye sus primeras reflexiones normativas para la robótica, sabedores que será una materia de necesaria regulación en el futuro por cuanto va a afectar de forma decisiva a la articulación de las relaciones humanas. La forma en que nos relacionamos con la tecnología, en este caso concreto la robótica, y el modo en que esta revolución afecta/afectará a las relaciones entre pares preocupa al Parlamento Europeo en tanto que la mayor (una de las mayores) institución legislativa mundial.

Lo que se pretende es actuar en dos frentes: por un lado la responsabilidad jurídica en los actos en que la robótica afecte a las personas interactuando con ellas y por otro lado las normas o principios éticos que deben regir el uso y aplicación de la intelegencia artificial en nuestras sociedades.

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«… LA ROBÓTICA […] VA A AFECTAR A PROBABLEMENTE A TODOS LOS ESTRATOS DE LA SOCIEDAD. RESULTA DE VITAL IMPORTANCIA QUE EL LEGISLADOR TENGA EN CUENTA TODAS LAS CONSECUENCIAS QUE ELLO ENTRAÑA»


Una de las primeras labores que ha desarrollado la comisión encargada del texto ha sido estudiar la incidencia de la robótica en el mercado y consecuentemente su impacto en la sociedad. Según sus conclusiones (contrastables fácilmente en Internet) en los últimos cinco años el sector ha aumentado su presencia casi un 20% cada ejercicio. Donde antes se vendían 10 robots (o dispositivos dotados  de cierta capacidad autónoma para desarrollar tareas) ahora se venden 18 o 20 (según el tipo).

Muchos de los problemas que podrían surgir de nuestra convivencia con robots ya han sido tratados por los géneros más clásicos de la ciencia ficción, pero es que ahora son reales. Fallos provocados o aleatorios en sus sistemas que pudieran desencadenar daños para usuarios; manipulación, sabotaje de los mismos con fines delictivos… Un ejemplo muy claro está en la regulación del uso de drones, por cuyas prestaciones necesitan ser pilotados por personal acreditado; usarse en un rango de utilización concreto etc.

En el campo de la responsabilidad jurídica en materia de robótica, que mencionábamos antes, la Unión Europea encuentra cierta controversia y cuando menos concluye la necesidad perentoria de una regulación específica para la materia ya que la general resulta incapaz ante tamaño desafío legal. ¿A qué controversia nos referimos? Tomando en cuenta que la robótica es la capacidad técnica de dotar de comportamientos autónomos a las máquinas, tanto más se desarrolle la misma, menor será la participación de los fabricantes, propietarios, usuarios etc. en la toma de decisiones que la propia máquina ejecute. Por lo tanto ¿hasta qué punto podemos responsabilizar de posibles daños al dueño del robot? ¿hasta qué punto podría eludir su responsabilidad en base al comportamiento autónomo del aparato?

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El texto en sí, apenas es una reflexión sobre la materia. No tiene mayor validez. Pero a la vez tiene muchísima importancia. Se trata de la primera vez que Europa a nivel institucional pone el foco en la necesidad de prestar atención a las consecuencias que para el derecho civil comunitario y particular tiene el desarrollo de la tecnología. Se cierra con interesantes reflexiones éticas para ingenieros; directrices para un diseño responsable y una llamada de atención a juristas para decidir qué personalidad y responsabilidad jurídica tendrá esa nueva inteligencia artificial.

 

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